Como todos los años, el 10 de diciembre, aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, nos estimula a la reflexión sobre el sentido, el alcance y el cumplimiento de estos derechos. En las líneas que siguen pretendo hacer una aportación a la misma centrado en una cuestión que considero importante: la conexión entre derechos y deberes.
En el pensamiento preilustrado medieval lo que dominan son los deberes sin correlato de derechos en el sentido moderno del término. ‘Ius’ remite fundamentalmente a leyes justas que hay que cumplir. Puede hablarse de que se reconocen y protegen ciertos ‘derechos’ de las personas, pero como ‘intereses legítimos’, en marcos de desigualdad y siempre en el ámbito del bien común, tutelado por el Estado en conexión con las instituciones religiosas. El deber de servir a este bien común domina sobre cualquier otra pretensión individual. En este contexto tiene legitimidad plena, por ejemplo, torturar y matar al hereje empecinado, lo considerado entonces más dañino para el bien de la sociedad.
La afirmación moderna de los derechos humanos va a dar un giro radical a este enfoque. Se pasa a defender que tenemos derechos que deben sernos reconocidos al margen de nuestro comportamiento respecto a los deberes y el bien común. Esto se pone especialmente de manifiesto cuando se asienta a los que se proclaman como derechos universales en la común dignidad que poseemos todos los individuos en cuanto humanos. Es digno aquello que vale por sí mismo, aquello que es fin en sí, que, por tanto, ni es perjudicial (indigno, marginable o exterminable) ni vale sólo en función de otra cosa (no digno, utilizable como instrumento). Pues bien, se va a decir con Kant: la dignidad no puede ser situada en la casta, no es algo que unos heredan y otros no y que mantienen de por vida. Tampoco puede ser situada en las acciones que, correctas, hacen dignos a aquellos que las realizan, e incorrectas, les hacen indignos: aquí la dignidad se conquista con las buenas obras, se puede ganar y perder. La dignidad, se dirá, es cualidad intrínseca de nuestra condición de seres racionales: en cuanto tales, esto es, por el mero hecho de ser humanos, la tenemos todos y no la podemos perder, hagamos lo que hagamos. Pues bien, es de esa dignidad de la que emanan los derechos universales que explicitan y garantizan la libertad y la igualdad.
Quiebra radicalmente la lógica de lo que antecede quien considera indignos, por tanto explotables o exterminables, a determinados individuos o colectivos humanos, ya sea por características diferenciales que remiten a rasgos no elegidos (sexo, etnia, etc.), ya sea por otras que tienen que ver con rasgos elegidos (ideas, conductas).
Evidentemente, si apostamos por la dignidad común, debe escandalizarnos especialmente la actitud de quienes no reconocen esta dignidad a determinadas personas o por sus rasgos no elegidos o por ideas y conductas que deben considerarse legítimas desde los propios derechos. Es lo que pasa hoy en día con los terroristas. Consideran indignos –exterminables por contagiosos de mal o como instrumentos al servicio de la causa– a aquellos que no comulgan con su enfoque. El compromiso con los derechos humanos nos obliga a enfrentarnos a tales posturas.
Lo que pasa es que también se enfrenta a la lógica de los derechos de la dignidad quien considera en la práctica que ésta se pierde cuando se hacen obras criminales. Deben plantearse sistemas judiciales que impidan que el criminal extienda su daño, porque los ciudadanos tenemos derecho a nuestros derechos, pero sin negar a ese criminal su dignidad como humano: los malos tratos, la tortura, la indefensión judicial, la pena de muerte, etc., no tienen cabida ni siquiera en nombre del bien común; y la pena debe ser humanizada, restauradora a ser posible, y situada en el horizonte de la reinserción. Es decir, aunque tienda a escandalizarnos menos, también es firmemente condenable aquella postura que no reconoce la dignidad a quienes se distinguen por conductas que quebrantan los derechos humanos. En este sentido, la actual lucha global contra el terrorismo, impulsada por el liderazgo de Bush, entra en muchos casos en contradicción franca con esta referencia básica a unos derechos que se dice defender.
Dicho lo que antecede, hay que matizarlo con nuevas consideraciones. Los derechos que se afirman en sí como tales sin referencia inmediata a deberes, sólo tienen sentido vividos por individuos que a su vez son seres sociales, lo que supone dar a cada derecho de uno un correlato necesario de deber en el otro como condición de realización del primero. Los deberes en negativo resultan manifiestos: si tengo derecho a hablar, tú tienes el deber de no taparme la boca. Hoy en día, ante las derivas neoliberales, nos toca insistir en que también los deberes en positivo tienen que resultarnos igualmente evidentes: si yo tengo derecho a la alimentación, tú tienes el deber de colaborar en que se realice en mí, en función de mi indigencia y de tus posibilidades. Nuestra sensibilidad en este segundo caso está ciertamente embotada. En conjunto, hay que resaltar que forma parte de la vivencia de la ciudadanía –de aquella a la que hay que educar– la justa conciencia entre nuestra condición de sujetos de derechos y sujetos de deberes correlativos. Quizá se insistió tanto en su momento en lo primero que tenemos una percepción muy difusa de lo segundo. O, si se quiere, en vez de experimentar armonizadamente su imbricación, a los derechos los consideramos como algo propio, a los deberes como algo externo y forzado.
De todos modos, este enfoque es muy propio de un individualismo marcado, centrado en uno mismo. Se supera en parte cuando sobre la base de los derechos/deberes de participación política nos consideramos como copartícipes democráticos de una empresa común, la república (la res o cosa pública). Aquí, para desbordar ese individualismo, querría insistir en otra dinámica. Ya no se trata de que yo encuentro tus deberes en mis derechos, no teniendo más remedio que aplicar luego el viceversa. Se trata de que encuentro tus derechos en la experiencia primigenia de mis deberes contigo. Cuando me topo con una víctima de la violencia directa o estructural, con el violentado o el empobrecido, y surge en mí el grito de “no hay derecho”, percibo antes que nada ‘sus’ derechos, en la propia negación a que son sometidos y precisamente por el compromiso de solidaridad que siento con ella. Reflexivamente puedo concluir luego que también yo, el de algún modo obligado, tengo esos derechos de los que disfrutaba quizá sin darme cuenta. Pero en este caso los derechos se han revelado ya dentro de una experiencia moral intersubjetiva. Si somos capaces de que toda víctima –no sólo la que es “de los nuestros”– motive esta dinámica, habremos entrado por el lado moral en la reclamación de los derechos humanos. Creo, por mi parte, que es una experiencia que hay que alentar. No sólo por la carga de compromiso con las víctimas que implica. También porque es la forma plenamente humana de vivir los derechos.
Xabier Etxeberria es catedrático de Ética en la Universidad de Deusto y miembro de Bakeaz.
© Xabier Etxeberria, 2003; © Bakeaz, 2003.
Publicado en El Correo, 10 de diciembre de 2003.